Saltar al contenido

Donativos

noviembre 9, 2022 Modificado el 09/11/2022 por Idoia G. Munárriz
donativos

Qué son donativos

Los donativos son la trasmisión desinteresada y gratuita de un bien monetario o material que suele tener fines benéficos, humanitarios o caritativos. Puede darse entre empresas, personas y entes gubernamentales. Un ejemplo de donativo, es cuando una persona decide entregar desinteresadamente insumos médicos a un hospital de niños.

En resumen, un donativo se define como un acuerdo para la cesión de un activo que una persona o empresa le otorga a otra, es decir se «regala» o se da un bien, sin recibir nada a cambio. En esta operación, el emisor o la persona que realiza el donativo lo hace de forma voluntaria y desinteresada, es decir, que no recibe ninguna contraprestación económica. Por su parte, el receptor es la persona o empresa que recibe el donativo y podrá aprovecharlo de diferentes maneras que se adapten con su causa, misión o propósito.

Los donativos suelen estar sujetos al pago de impuestos, siendo el receptor quien normalmente debe tributar un porcentaje del valor de aquello que ha recibido. En cambio, emisor o donante generalmente no debe pagar tributos, e incluso pueden establecer deducciones tributarias a las personas o empresas que realizan ciertas donaciones. En cualquier caso, la normativa o leyes fiscales que regulan el registro contable de los donativos es propia y diferente en cada territorio o país. Por lo general, los donativos monetarios y materiales  están dirigidos a asociaciones de utilidades públicas, organizaciones no gubernamentales, centros de salud  o entidades sin fines de lucro.

También existen donaciones de sangre y de órganos, éstas solo pueden realizarse con la plena autorización del donante y habiendo realizado pruebas de compatibilidad con el paciente que requiere el trasplante. Cuando la donación involucra un órgano vital, solo podrá realizarse de forma efectiva tras la defunción del donante y con previo acuerdo en vida.

Tipos de donativos

Veamos a continuación los principales tipos de donativos:

  1. Donativos Onerosos. Son aquellos en los que se impone al donatario una carga consistente en un dar una cosa, o en un hacer o no hacer. Es decir, aquellos que se otorgan como contraprestación a cambio de servicios o beneficios recibos del donatario. En este tipo de donaciones se entiende que puede haber unión de contratos: uno de donación y otro de compraventa, de permuta o de prestación de servicios.
  2. Donativos no onerosos. Son aquellos que se entregan sin ningún tipo de contraprestación para el donante. Es decir, que el donatario puede adquirir el donativo cuando presente los requisitos mínimos que pueden ser exigidos para su aceptación.
  3. Donativos en especie. Son aquellos que no se realizan a través de una cantidad monetaria, sino que involucran la transferencia de bienes, productos o propiedades.
  4. Donativos deducibles. Son aquellos que se pueden descontar o deducir de la declaración y el pago de los impuestos del donatario.
  5. Donaciones puntuales. Son aquellos que se realizan de manera puntual y específica para apoyar a una determinada causa. Son muy comunes cuando se recaudan recursos para atender situaciones de emergencia o desastres naturales como terremotos, inundaciones y ciclones.
  6. Donaciones recurrentes. Son aquellos que se realizan de forma periódica (cada quincena, mes, semestre, año) para apoyar una causa concreta como por ejemplo la desnutrición infantil, adultos enfermos o personas con discapacidad.

Qué son donativos percibidos en contabilidad

En contabilidad, los donativos percibidos representan el ingreso de recursos a una entidad, ONG o ente por concepto de una donación que ha sido realizada por una empresa o persona. Es decir, son recursos monetarios, físicos o materiales que deben ingresarse e incluirse en el registro contable o administrativo de cualquier organización donataria.

Cómo contabilizar un donativo

En España, la contabilización de los donativos se realiza teniendo en consideración si es dinerario o en forma de bien o derecho. Veamos a continuación cada una de ellas:

  1. Donativos dinerarios. Si los donativos son de carácter esporádico se deben contabilizar en la cuenta 678 de gastos excepcionales. En caso de ser donativos recurrentes deben registrarse en la cuenta 659 correspondiente a otras pérdidas en gestión corriente o en la cuenta 629 de otros servicios.
  2. Donativos en forma de bienes o derechos. Si los donativos están exentos de IVA se deben registrar en la cuenta del subgrupo 67 pérdida procedentes de activos no corrientes y si no están exentos de IVA

Cuándo se deducen los donativos

Lo donativos son deducibles de la carga tributaria del donante cuando se realizan a organismos descentralizados, fundaciones, entidades o cualquier otra institución que sea catalogada como donataria autorizada. En dicha situación, el proceso de deducción de los donativos se realiza en base a la naturaleza jurídica del donante, es decir; si es una persona física o moral. Veamos a continuación cada caso:

  1. Personas físicas. Pueden deducir los donativos no onerosos ni remunerativos que den a las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, incluidos los que se otorguen a las Comisiones de Derechos Humanos que tengan el carácter de organismos públicos autónomos siempre y cuando la el monto total de la deducción no supere el 10% de la base liquidable del impuesto. Además, se podrán deducir el 75 % de 150 euros de donación en el Impuesto sobre la Renta. A partir de los 150 €, la deducción es de un 30 % y este porcentaje asciende a 35 %, si hubiera donaciones de la misma cantidad en los dos años inmediatamente anteriores al presente. g
  2. Personas morales. Pueden deducir los donativos no onerosos ni remunerativos que den a las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, incluidos los que se otorguen a las Comisiones de Derechos Humanos que tengan el carácter de organismos públicos autónomos siempre y cuando la el monto total de la deducción no supere el 10% de la base liquidable del impuesto. Además, se podrán realizar deducciones sobre el impuesto de sociedades en un 35% del importe donado y este porcentaje asciende a un 40% en caso de que sea una donación plurianual.

Bibliografía

  • Rajadell, M.,  Trullàs, O. y  Simo,P. (2014). Contabilidad para todos: Introducción al registro contable. Editorial: OmniaScience.
  • Biblioteca Jurídica. (2018). Impuesto sobre sucesiones y donaciones (España). Editorial: CreateSpace Independent Publishing Platform.