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Arrendamiento

enero 5, 2022 Modificado el 24/01/2022 por Idoia G. Munárriz
arrendamiento

Definición: qué es un arrendamiento

El arrendamiento es un contrato consensual, bilateral perfecto, de buena fe y oneroso, por el que una de las partes llamada «arrendador» se obliga a procurar a la otra, llamada «arrendatario» el uso y disfrute temporal de una cosa, a cambio de una remuneración.

Un contrato de arrendamiento es una correlación entre dos partes contratantes por la que se produce una entrega de una propiedad o de un servicio durante un periodo de tiempo determinado. A cambio, la parte que se beneficia de esta tenencia debe pagar una retribución económica o «renta». Por ejemplo, el dueño de una casa puede ceder temporalmente su uso a otra persona, firmando así un contrato de arrendamiento del inmueble durante 3 años, a cambio de 1.000 euros de renta mensuales. Durante esos años, el dueño de la casa no podrá utilizarla y ni siquiera podrá entrar en ella sin permiso, pasando todos los derechos de uso al arrendatario.

En otras palabras, el arrendamiento se produce en el momento que el propietario de un bien cede transitoriamente el uso y disfrute del mismo a otra persona a cambio del pago de una renta. Esto se denomina comúnmente alquiler y se legaliza mediante un contrato firmado.

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Quienes intervienen en un arrendamiento

En un contrato de arrendamiento intervienen dos partes: el arrendador, que es el propietario del bien que cede su tenencia y el arrendatario, quien a cambio de una cantidad de dinero podrá disfrutar de dicho bien temporalmente.

  • Arrendador: es el individuo propietario del bien, obra o servicio, que, mediante un contrato de alquiler, transfiere el derecho de la propiedad para su utilización u ocupación, durante un lapso de tiempo determinado, a cambio de percibir una remuneración monetaria. Es conveniente señalar que, el arrendador no siempre es el propietario, puede ser un particular o institución encargada de tramitar un contrato de arrendamiento en nombre de otra persona.
  • Arrendatario: es la persona que mediante un contrato de alquiler se le transfiere el derecho a usar la propiedad, durante un periodo de tiempo concordado, a cambio de una retribución de dinero, es decir, una renta. El compromiso del arrendatario es efectuar pagos de forma periódica en las fechas establecidas en el contrato, mientras el mismo esté en vigor. Así mismo, este debe cumplir con los términos del acuerdo y devolver la propiedad en las mejores condiciones posibles, tal y como se le entregó.

Definición de arrendador y arrendatario

Según la RAE, el arrendador es la «parte del contrato de arrendamiento que pone a disposición de la otra las cosas, obras o servicios objetos del contrato».

La RAE define al arrendatario como: “Parte del contrato de arrendamiento que, en el arrendamiento de cosa, usa o disfruta de la cosa y paga el precio; en el arrendamiento de obras y servicios, ejecuta la obra o presta los servicios objeto del contrato y recibe el precio pactado.»

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Tipos de arrendamientos

1. Arrendamiento de cosas

Se refiere al alquiler común de bienes muebles o inmuebles donde el arrendador cede al arrendatario la posesión del bien por un lapso de tiempo específico, a cambio de una contraprestación económica. Por ejemplo, el alquiler de un local comercial.

2. Arrendamiento de servicios

Este alquiler se basa es una contratación de servicios, donde un individuo de manera autónoma realiza una actividad o labor a cabio de una remuneración monetaria cierta, Un ejemplo de este arriendo es la contratación de un enfermero para que realice un tratamiento concreto.

3. Arrendamiento de obras

Este tipo de arrendamiento se enfoca en el resultado del trabajo, es decir, una obra ya culminada. El que ejecuta la obra debe terminarla según el modo, tiempo y lugar pactado por ambas partes. Por ejemplo, contratar la instalación de tuberías de agua.

Garantías en un arrendamiento

El contrato de alquiler puede presentar las siguientes garantías:

  • Fianza: le concede al propietario o intermediario la posibilidad de obtener un pago mensual al comienzo del arriendo.
  • Depósito: cantidad de dinero entregado al arrendador, con intención de solventar incumplimientos de pagos y/o daños a la propiedad. Sitodo marcha bien se hará una devolución del dinero.
  • Aval: persona o entidad bancaria responsable de los impagos y faltas al contrato de arrendamiento. En caso de dañosa a la propiedad, el arrendador puede demandar.
  • Seguro de arrendamiento: Es una combinación de las garantías mencionadas anteriormente, la responsabilidad de daños e incumplimientos de pagos estará sobre la aseguradora, puesto que el arrendatario cancelará una póliza de seguro de arrendamiento.

Características

Un contrato de arrendamiento tiene 4 características principales:

  • Consensual: el alquiler se realiza con ambos consentimientos, es decir, el del arrendador y el arrendatario
  • Bilateral: se involucran ambas partes tanto responsable de la propiedad como al que se le transfiere, esto no quiere decir que solo dos puedan ser partícipes en el contrato de alquiler
  • Temporal: la posesión y aprovechamiento del bien, obra o servicio se transfiere de manera momentánea, es decir, en un lapso de tiempo pactada
  • Oneroso: se recibe una remuneración monetaria, es decir, dinero a cambio del arrendamiento (por ejemplo, el precio del alquiler).

Bibliografía

  • Bernad Mainar, R. (2006). «Derecho romano, curso de derecho privado romano». Caracas: Universidad Católica Andres Bello.
  • Ley de arrendamientos urbanos, 29/1994 de 24 de noviembre, publicada en el BOE, consultada el 5 de enero de 2022.